El despido tiene como efecto la extinción del vínculo laboral entre el trabajador y el empresario.
Hablamos de despido disciplinario cuando la decisión de extinguir el vínculo laboral la adopta el empresario siempre y cuando se deba a un incumplimiento culpable y grave del trabajador. Son causas de este tipo de despido, entre otras, las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, la indisciplina o la embriaguez habitual.
A su vez, el despido por causas objetivas es aquel que se produce bien por circunstancias directamente relacionadas con el trabajador o bien por causas económica, organizativa, técnicas o de producción que afecten a la empresa. Son causas de este tipo de despido, entre otras, la ineptitud conocida y sobrevenida con posterioridad a la incorporación del trabajador a la empresa, causas económicas que afecten a la empresa o la i adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas implantadas en su puesto de trabajo.
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